herencias

Herencias y legados

Legar a Misiones Sagrados Corazones es un acto generoso que extiende tu compromiso.

Hay muchas formas de colaborar con Misiones Sagrados Corazones y una de ellas es a través de tu herencia o legado. Con este acto, garantizas la continuidad de la labor evangélica y social de nuestros misioneros y que tu solidaridad perdure en el tiempo.

Tu herencia o legado se dedicará íntegramente a financiar el trabajo que Misiones Sagrados Corazones desarrolla en Rwanda y Camerún (África), República Dominicana, Argentina y Puerto Rico (América).

Si deseas incluir a Misiones Sagrados Corazones en tu testamento, como heredera o legataria, solo es necesario que lo indiques ante notario e incluyas los siguientes datos:

Misiones Sagrados Corazones – Procura
La Pau, 1-A
07012 Ciutat
Mallorca
Illes Balears
CIF: R0700680B

Si quieres conocernos personalmente para aclarar cualquier duda acerca de esta forma de colaboración, o quieres conocer a otras personas que ya han optado por esta forma de extender su compromiso, estamos a tu disposición.

Llama al 971 71 23 56 o escribe un correo electrónico a:
info@msscc.org

Preguntas frecuentes

Porque es un procedimiento sencillo y económico para decidir sobre la disposición del patrimonio. El testamento garantiza el exacto cumplimiento de la voluntad de una persona después de su muerte y facilita a los herederos la transmisión de los bienes.

Si una persona no ha establecido quiénes son sus herederos, los nombra la ley siguiendo un orden de parentesco. En caso de que no haya herederos la ley designa como heredero al Estado

Puedes dejarle un legado, es decir, asignarle un bien determinado e indicarlo de forma expresa en tu testamento. Otra opción es designar a Misiones Sagrados Corazones coheredera, en este caso los bienes se repartirían entre varios herederos según la proporción fijada en el testamento, o heredera universal, con lo que todos tus bienes pasarían a la entidad.

Legar significa dejar una cantidad concreta de dinero, acciones, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria, obras de arte, antigüedades, joyas, un derecho de usufructo, etc. Si no se trata de dinero en efectivo, la entidad buscará un comprador y destinará los recursos obtenidos de la venta a garantizar el trabajo de sus misioneros a favor de los más desfavorecidos.

La única limitación legal es respetar la legítima de los herederos forzosos, con excepción de los derechos forales que rigen algunas Comunidades Autónomas.

Se cono como herederos forzosos a los hijos/as (tanto naturales como por adopción) y descendientes (nietos) y, en su defecto, los padres y ascendientes. Por su parte, el viudo/a heredará en la forma que se establece legalmente.

Tu aportación se destinará íntegramente a mantener el trabajo de los misioneros de los Sagrados Corazones, o en el caso de que lo indiques de forma específica, podrá destinarse un proyecto social concreto en tierra de misión.

Sí, puedes cambiar el testamento tantas veces como desees. Tiene validez legal el testamento más reciente.

El notario que ha autorizado el testamento está obligado a notificarlo a las entidades que aparezcan en el mismo, en el momento que conozca el fallecimiento del testador.

Los herederos son los responsables de notificar y entregar los legados. También los notarios deben comunicar esta disposición.

No, tu aportación se destinará íntegramente a dar continuidad el trabajo de los misioneros. Misiones Sagrados Corazones puede recibir herencias y legados sin tener que pagar impuestos por ello, al tratarse de una entidad religiosa exenta del pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Es decir, la totalidad de tu legado se destinará a la ayuda los más desfavorecidos.